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Marcas comerciales en contra a la Moral a la luz de la Ley 19.039 de Propiedad Industrial







Image Source: Unsplash



En el ámbito de la propiedad intelectual, las marcas desempeñan un papel fundamental al distinguir el origen empresarial de los productos o servicios protegidos. Sin embargo, no todas las marcas son aceptadas para su registro, especialmente si van en contra de las buenas costumbres y la moral. En Chile, la Ley 19.039 establece las regulaciones relacionadas con las marcas y su registro, incluyendo las prohibiciones en cuanto a los signos contrarios a la ley, el orden público y las buenas costumbres.

En este artículo, exploraremos en detalle la Ley 19.039 y su impacto en las marcas chilenas. Analizaremos los criterios utilizados para determinar si un signo es contrario a las buenas costumbres, así como ejemplos de marcas que han sido rechazadas por este motivo. También examinaremos la controversia en torno a la interpretación de la moralidad en el registro de marcas y el papel de la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (INAPI) en este proceso.

La Ley 19.039, promulgada en 1991, establece las disposiciones legales para el registro y protección de las marcas en Chile. En su artículo 20 letra k), la ley prohíbe el registro de marcas que sean contrarias a la ley, al orden público o a las buenas costumbres. Esta disposición tiene como objetivo salvaguardar los principios y valores fundamentales de la sociedad chilena.


Para determinar si un signo es contrario a las buenas costumbres, se realiza una evaluación en función de la moralidad y la conducta moral exigible en la convivencia social. La valoración de esta prohibición se basa en los criterios de una persona razonable con umbrales medios de sensibilidad y tolerancia.

Es importante destacar que esta valoración es subjetiva y puede variar según el momento histórico y la percepción social. La ley prohíbe el registro de signos obscenos u ofensivos, incluso si los términos utilizados están extendidos en el lenguaje vulgar. Sin embargo, no todos los términos que puedan tener un significado obsceno o inapropiado en otros contextos son automáticamente rechazados.


La Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (INAPI) es la entidad encargada de evaluar las solicitudes de registro de marcas en Chile. Antes de la publicación de la solicitud, la INAPI examina de oficio si el signo solicitado es contrario al orden público o a las buenas costumbres. Posteriormente, se examinan nuevamente estos aspectos, así como la contrariedad a la ley.

En el proceso de evaluación, la INAPI utiliza diversas fuentes de información, incluyendo sus propias bases de datos. En estas bases de datos, es posible encontrar palabras que pueden tener un significado obsceno o contrario a la moral, pero que han sido registradas previamente en la INAPI. Esto puede generar cierta controversia, ya que algunas marcas pueden ser aceptadas mientras que otras son rechazadas, a pesar de tener un contenido similar.


A lo largo de los años, han surgido diversos casos de marcas que han sido rechazadas por ser consideradas contrarias a las buenas costumbres. Un ejemplo relevante es el caso de la empresa china Pico Technology, cuya solicitud de registro de marca fue negada por el INAPI.

La negativa se basó en que el signo distintivo "Pico" era considerado una derivación vulgar del nombre de los genitales masculinos y atentaba contra las buenas costumbres y la moral. Sin embargo, la defensa de la empresa argumentó que el término no se empleaba en su sentido vulgar y que, como empresa extranjera, no tenían conocimiento de esta acepción.


La interpretación de lo que constituye una expresión contraria a las buenas costumbres puede generar controversia, ya que depende de los valores y percepciones de cada individuo. En este sentido, es importante considerar el contexto en el que se utiliza el signo y la percepción del público consumidor.
Algunos críticos argumentan que la prohibición de marcas contrarias a las buenas costumbres puede ser restrictiva y limitar la libertad de expresión de los empresarios. Por otro lado, defensores de la ley argumentan que es necesario proteger a la sociedad de contenidos ofensivos o inapropiados.


La Ley 19.039 establece las regulaciones para el registro y protección de las marcas en Chile, incluyendo la prohibición de signos contrarios a la ley, al orden público y a las buenas costumbres. La evaluación de la moralidad en el registro de marcas es subjetiva y depende de la percepción social en un determinado momento histórico.

La INAPI desempeña un papel crucial en la evaluación de marcas y utiliza diversas fuentes de información para determinar si un signo es contrario a las buenas costumbres. Sin embargo, la interpretación de la moralidad puede generar controversia y debates sobre la libertad de expresión y los límites en la protección de las marcas.

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